Para las nuevas entidades públicas que deseen incorporarse como usuarias de la red COMDES durante este periodo, el procedimiento es el siguiente:
1. Solicitud de autorización para el uso de la red COMDES
Podrán solicitar la autorización para el uso de la red COMDES:
- las Administraciones de la Comunidad Valenciana titulares de servicios de intervención frente a emergencias, tanto los esenciales como los complementarios, entendidos estos en los términos que establece la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias (artículos 30, 31, 32 y 41).
- los consorcios establecidos para la prestación de un servicio de intervención.
Para lo cual, la Administración o el consorcio tendrá que llenar y presentar la solicitud de autorización para el uso de la red COMDES, junto con su respectiva documentación, que está disponible en la página web de la Generalitat (www.gva.es) en el apartado de Trámites y Servicios de la Guía CERCA.
Esta solicitud tendrá que incluir la lista de los servicios de intervención dependientes de la Administración o el consorcio para los que se solicita autorización, de entre los que se incluyen en la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias, en los artículos 30, 31, 32 y 41. En particular se podrá solicitar autorización para los siguientes servicios de intervención:
- Cuerpos de Policía Local
- Servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento
- Bomberos voluntarios
- Bomberos de empresa
- Unidades de prevención de incendios forestales
- Voluntarios y los otros servicios dependientes
Hay que señalar en este sentido, que solo se concederán autorizaciones a servicios de intervención a través de la Administración o consorcio de que sean dependientes. En particular, en el caso de servicios complementarios como los bomberos de empresa o el voluntariado de Protección Civil, corresponderá a la Administración o el consorcio de que dependan solicitar la autorización para que puedan utilizar la red COMDES.
La presentación de este formulario tendrá que hacerse, preferentemente, por medios electrónicos o en los registros presenciales detallados en el trámite.
La Administración o el consorcio acepta con su solicitud que las prestaciones y funcionalidades de los servicios de comunicaciones que ofrece la Red COMDES, en particular la cobertura y la capacidad, son adecuadas para la operativa de los servicios de intervención que dependen de ella. Por este motivo podrá requerir al operador de Red información sobre dichos servicios, y realizar pruebas de funcionamiento con carácter previo a la solicitud de autorización para el uso de la Red.
2. Concesión de la autorización de uso de la red
Una vez se haya comprobado que se cumplen los requisitos para el uso de la red, se procederá a autorizar a la Administración o consorcio solicitante. Esta autorización permitirá el uso de la red por los efectivos de los servicios de intervención dependientes de la dicha entidad para los que esta lo haya solicitado.
Esta autorización será de carácter temporal hasta que se apruebe la nueva regulación del uso de la red COMDES, momento en que se procederá a la autorización definitiva según se establezca en la misma.
3. Autorización para la gestión de recursos y declaración de interlocutores autorizados
Para que los servicios de intervención de la entidad autorizada puedan empezar a usar la red, será necesario que la Generalitat, a través del órgano competente en la gestión operativa de COMDES, realice la configuración de los recursos en la red, como el alta y baja de terminales, la creación y modificación de grupos y la asignación de permisos y prioridades.
Para lo cual, la entidad autorizada (Administración Pública o consorcio) deberá:
- Autorizar a la Generalitat a realizar la configuración de sus recursos en la red.
- Para cada servicio de intervención dependiente de la entidad, comunicar los datos de contacto de los interlocutores autorizados para:
- Cursar peticiones e incidencias (contactos operativos);
- Cursar, exclusivamente, incidencias técnicas de la red y los terminales (contactos técnicos);
- Y recibir las notificaciones que emita la Generalitat sobre incidencias o actuaciones de carácter técnico en la red, que puedan afectar la disponibilidad y prestaciones de la misma (contactos 24h).
Es importante destacar que, hasta que no se reciba esta autorización y la comunicación de los interlocutores autorizados para cada servicio de intervención, no se podrá dar de alta ninguna terminal en la red COMDES ni gestionar ningún tipo de petición.
Para lo cual, será necesario llenar el formulario de autorización para la configuración de los recursos en la red COMDES y comunicación de interlocutores, que está disponible en la página web de la Generalitat (www.gva.es), en el apartado de Trámites y Servicios de la Guía CERCA.
La presentación de este formulario tendrá que hacerse, preferentemente, por medios electrónicos o en los registros presenciales detallados en el trámite.